FISCALIDAD BÁSICA PARA ASOCIACIONES. Declaración de utilidad publica.
No todas las asociaciones son de utilidad pública, hay que solicitarlo. Existen una serie de requisitos a cumplir:
- Perseguir fines de interés general.
- Destinar como mínimo el 70% de sus rentas e ingresos a la realización de estos en el plazo de tres años, a partir de su obtención.
- No ser titulares de participaciones mayoritarias en sociedades mercantiles.
- Rendir cuentas anuales.
- Aplicar a su patrimonio, en caso de disolución, a la realización de fines de interés general análogos.
- Los socios fundadores, cónyuges o parientes, no podrán ser los principales destinatarios de las actividades de estas entidades o disfrutar de condiciones especiales.
- Los cargos de los representantes estatutarios deberán ser gratuitos.
- Su actividad principal no podrá ser mercantil.
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