FISCALIA BÁSICA PARA ASOCIACIONES. Código de Identificación Fiscal – CIF
El Código de Identificación Fiscal es único para cada entidad y no varía por las modificaciones que sufra la asociación a lo largo de sus vida.
El CIF empezará con la letra G, que indica que se trata de una entidad sin ánimo de lucro, al que le sigue el número de identificación.
Una vez constituida la asociación, se tiene un periodo de un mes para tramitar el CIF (CIF provisional, luego se da el definitivo).
El CIF es imprescindible para muchas gestiones: solicitar subvenciones, identificarse delante de las Administraciones Públicas, para abrir una cuenta, solicitar una póliza de crédito, para el pago de los impuestos, emisión de facturas, solicitud de exenciones…
Trámites a seguir
El CIF se tramita ante la administración de Hacienda que corresponda según el domicilio social de la entidad. En nuestro caso, en Teruel.
Se debe rellenar:
- Solicitud del CIF (impreso de Declaración Censal o Modelo 037). Al mismo se adjuntará una fotocopia del DNI de la persona de entre los socios fundadores que firme el impreso de solicitud (normalmente, el presidente).
- Original y fotocopia para compulsar de los estatutos sellados por el registro correspondiente.
- Original y fotocopia para compulsar del Acta fundacional.
- Original y fotocopia para compulsar de estar inscritos en el Registro de Asociaciones.
En la medida que cambie alguna de las circunstancias de la asociación, bien sea su domicilio, u otro aspecto (miembros, estatutos, junta directiva… no es necesario), tendremos que volver a rellenar el modelo 037 para que nos envíen una nueva tarjeta con los datos modificados. Conviene actualizar los datos, por si envían documentación importante o reclamaciones y podamos vernos con alguna sanción como consecuencia de no tener correcta la dirección.